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ECONOMÍA
LOS ERRORES QUE RETRASAN LAS DEVOLUCIONES DEL SAT
Por meter gastos en rubros equivocados, o ingresar un gasto que no es deducible, los contribuyentes
pueden esperar hasta 180 días para reembolsos del fisco.

Martes, 17 de abril de 2018 a las 6:00 AM

 

Dainzú Patiño / @DainzuP

CIUDAD DE MÉXICO (Expansión) – Las personas físicas que ya presentaron su declaración anual de
impuestos pueden experimentar atrasos en la devolución de saldo a favor por parte del Servicio de
Administración Tributaria (SAT), a causa de errores contenidos en el rubro de deducciones
personales.

En teoría, la información de todo lo que facturó el contribuyente en el año está precargada en
la declaración anual; los servicios médicos, dentales, de nutriólogos y psicólogos son deducibles,
entonces el contribuyente los puede ingresar en este apartado, o verificar que estén en su formato
precargado, explicó Yair Kershenovich, integrante de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores
Públicos de México y socio de Despacho Tavel, S.C.

No obstante, es común que estos servicios se registren con términos equivocados, como
“primas por seguros de gastos médicos”. Este tipo de errores puede provocar que el fisco pida una
aclaración, o que rechace la devolución automática de impuestos, por lo que el contribuyente debe
tramitar una devolución de manera manual, la cual suele tardar más tiempo que la automática,
detalló.

Para este año el tiempo promedio para las devoluciones automáticas (sin errores) es de
cinco días, mientras que las devoluciones manuales pueden tardar hasta 180 días (seis meses),
refiere la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

Otro error que puede causar retrasos en la devolución es el pago en efectivo de servicios
médicos, ya que desde el ejercicio fiscal 2014 el SAT hizo obligatorio el pago con tarjetas
bancarias, cheque nominativo o transferencia electrónica para que sea deducible.

Por este error ya no hay marcha atrás, simplemente el fisco lo rechaza, apuntó Enrique
Velderrain, socio de la firma fiscal Velderrain y Asociados.

También los pagos por transporte escolar son deducibles, pero los contribuyentes, por error,
suelen poner “colegiaturas” en vez de “transporte”, o viceversa. En general, un error frecuente es
poner rubros que no son deducibles, detalló Kershenovich.

Cabe destacar que para el ejercicio fiscal 2017, los gastos por deducciones personales no
deben rebasar 137,694 pesos anuales, que es el equivalente a casi cinco Unidades de Medida y
Actualización (UMAs) a valor anual o el 15% del total de los ingresos de un contribuyente, debe
seleccionar el monto menor de estos dos, detalla información del SAT.

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¿Qué y cuánto se puede deducir?

Los gastos que entran en este monto total son los honorarios médicos, dentales,
psicológicos y de nutrición, para el contribuyente que declara, y/o que sean de su cónyuge o
concubino/a, padres, abuelos hijos y nietos, siempre y cuando el tercero no haya percibido ingresos
por más de 27,538 pesos.

En el total también pueden deducirse los gastos funerarios que no rebasen 27,538 pesos por
muerte de cónyuge o concubino/a, padres, abuelos, hijos y/o nietos del contribuyente. Los

gastos para cubrir funerales a futuro son deducibles en el año que sean utilizados los
servicios.

Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios
públicos de salud. El beneficiario puede ser el contribuyente, su cónyuge, o concubina/o, padres o
hijos.

También son deducibles los intereses reales devengados y pagados durante el ejercicio 2017
por créditos hipotecarios con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras
instituciones. El crédito otorgado no debe rebasar las 750,000 Unidades de Inversión (UDIs).

Transporte escolar para hijos o nietos, siempre y cuando sea obligatorio o se incluya en la
colegiatura de los alumnos, de manera desglosada. Para ser deducible debe ser pagado con cheque
nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o de servicios.

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Con límites

También son deducibles, pero no entran en el monto total de las deducciones personales, el pago de
honorarios médicos, dentales, de enfermería, estudios médicos o prótesis, gastos hospitalarios,
compra o alquiler de aparatos para la rehabilitación por incapacidad y discapacidad laboral. Estos
no tienen limite para la deducción.

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También pueden deducirse los donativos que se den a instituciones autorizadas, y que están
publicadas en el directorio de donatarias autorizadas por el SAT.

El monto de los donativos que se deduzcan en la declaración anual no deben exceder el 7%
de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año
anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.

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Las colegiaturas tienen un monto máximo anual a deducir de acuerdo con el nivel educativo.
Preescolar, 14,200 pesos; primaria, 12,900 pesos; secundaria 19,900 pesos; profesional técnico,
17,100 pesos y bachillerato o su equivalente 24,500 pesos.

Para no tener problemas, el contribuyente debe consultar que la institución educativa se
encuentre en el padrón de escuelas del SAT. Los pagos son deducibles si fueron para la educación
del contribuyente, o para su cónyuge, concubina/o, padres o hijos.

https://expansion.mx/economia/2018/04/16/los-errores-que-retrasan-las-devoluciones-del-sat