Para obtener los beneficios fiscales deberás dejar el dinero en la cuenta al menos 5 años y retirarlos a tus 65 años de vida

Para obtener los beneficios fiscales deberás dejar el dinero en la cuenta al menos 5 años y retirarlos a tus 65 años de vida

Como sabes, este 2 de mayo es el último día para que personas físicas presenten su declaración de impuestos 2016 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los asalariados podrán hacerla el resto del año.

Ya sea que te encuentres en el primer o segundo caso, si tienes aportaciones voluntarias al ahorro para el retiro, puedes hacerlas deducibles de impuestos en un tope de 10% de tu ingreso anual sin ser mayores a 146,073 pesos, que son cinco unidades de medida y actualización (UMA) al año.

Cabe aclarar que la deducibilidad de las aportaciones voluntarias se encuentra fuera de la “bolsa” total de deducciones personales, por lo que se convierten en un beneficio atractivo, ya que en caso de obtener saldo a favor en la declaración, los recursos se te reintegrarán.

“Es un beneficio que la gente puede aprovechar”, consideró Yair Kershenovich Tavel, integrante de la Comisión de Desarrollo Profesional Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México.

En un ejemplo numérico realizado por los expertos de Principal, se explica de la siguiente manera.

Una persona que gana 12,000 pesos al mes, es decir, 144,000 pesos anuales, puede ahorrar de forma voluntaria 10% de su sueldo (1,200 pesos mensuales o 14,400 al año).

Al hacerlos deducibles obtendría:

  • Un beneficio fiscal igual a la devolución del impuesto sobre la renta pagado de 2% del sueldo (3,076 o 144,000), aproximadamente.
  • Este 2% equivaldría a poco más de 20% del porcentaje que ahorró durante el periodo (equivalente a 3,076 o 14,400 pesos).

“Un ahorro voluntario de largo plazo constante, igual a 10% de tu sueldo, sumado la aportación obligatoria de 6.5% en la Afore, podría generar una pensión equivalente 70% de tu último sueldo. La clave es tener disciplina y pensar que esos ahorros están ahí para tu Yo Futuro”, explican los expertos de Principal.

No todo lo ahorrado es deducible

Cabe destacar que estos beneficios son alcanzables si el ahorro es realmente para el retiro, es decir, los recursos se retiran a los 65 años, al llegar a esa edad y retirar el dinero, se hará una retención de 20% sobre los rendimientos generados.

Otra condición, es que hayan sido acumulados al menos durante cinco años antes de ejercerlos, en caso contrario se gravarán con 29% sobre el monto total a retirar.

O bien, si se mueven antes de los 65, pero 5 años después de ahorrados, serán gravados con 20% a cuenta del ingreso anual del trabajador, expone la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) en su página de internet en la sección “Todo sobre el Ahorro voluntario”.

“Se busca que la gente ahorre poco a poco, pero tampoco se quiere que la gente se aproveche y meta una deducción y luego saque el dinero y luego lo vuelvan a meter con una deducción”, expuso a su vez el especialista del Colegio de Contadores Públicos de México.

¿Cómo hacerlo?

Así, son deducibles los ahorros cuando se depositaron con administradora de ahorro para el retiro (afore), y si son aportaciones complementarias, es decir, que no puedes retirar antes de los 65 años, o de largo plazo, están al menos 5 años en la cuenta, explicó la Consar.

Si ahorras en un plan personal de retiro o en un plan privado de pensiones, los beneficios aplican únicamente si llegas a los 65 años, en caso de retirarlo antes, se penaliza con una retención de 20% sobre el monto total, detalló Kershenovich Tavel.

Deberá ser ahorro hecho a través de través de medios electrónicos de pago, es decir, con transferencia electrónica, con tarjeta bancaria, o cheque, según datos del SAT.

Si cumple con esas condiciones, podrás solicitar el comprobante de retenciones pide Deberás pedir que te entreguen tu constancia de aportaciones realizadas al año.

La información ahí contenida es la que debes proporcionar a la autoridad fiscal al momento de hacer la declaración anual o bien, revisar que se encuentre ya dada de alta en el sistema.

La deducibilidad del ahorro previsional se ampara ante los artículos 151 y 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el primer caso hace referencia de forma específica al ahorro para el retiro y el 93 es para los productos que se contratan por “supervivencia” del contratante, expuso el contador.

 

Armadillo Mejia, J. (2017, 28 de Abril) ¿Ahorraste para tu retiro? No olvides deducirlo. Marco Mares.